Resolución N° 127/11/0114
Nro de Expediente:
3260-003101-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/7/2011


Tema:
MUROS DIVISORIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16.325 (Unidades Reajustables dieciséis con trescientas veinticinco milésimas) a la Fundación ADM., R.U.T. 214678450016, con domicilio a los efectos legales en la calle Soriano No. 959.-

Montevideo, 28 de Julio de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los muros divisorios en la finca sita en la calle 21 de Setiembre No.2741, del cual es responsable la Fundación ADM., R.U.T. 214678450016, con domicilio a los efectos legales en la calle Soriano No. 959;
        RESULTANDO: 1o.) que por resolución No. 03/11/0114 del día 21/I/2011 se aplicó una multa de U.R. 8.1625 y que por resolución No. 59/11/0114 del día 29/IV/2011 se aplicó una multa de U.R. 12.24 por no realizar las modificaciones dispuestas en las normativas vigentes;
        2o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 el día 27/VI/2011 se pudo comprobar que la situación permanecía incambiada, por lo que se aconseja aplicar una multa de U.R. 16,325, por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16.325 (Unidades Reajustables dieciséis con trescientas veinticinco milésimas) a la Fundación ADM., R.U.T. 214678450016, con domicilio a los efectos legales en la calle Soriano No. 959, por los motivos mencionados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal