Resolución N° 39/20/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001448
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables seis) a la firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con domicilio a los efectos legales en la Avenida Luis A. de Herrera 1279, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.

Montevideo, 19 de Febrero de 2020.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a estacionamiento, sito en la Avenida Luis A. de Herrera 1279, propiedad de la firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 del día 30/XII/2019, se pudo comprobar que carecía de habilitación de la Dirección Nacional de Bombero (por lo que incurre en falta de habilitaciones municipales) intimándose a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado dentro de los plazos concedidos se solicita aplicar una multa de U.R. 10 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificado el día 23/I/2020;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma GUARECE S.R.L., R.U.T. 217576100010, con domicilio a los efectos legales en la Avenida Luis A. de Herrera 1279, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Santiago Borsari,Concejal