Resolución N° 137/21/0114
Nro de Expediente:
2018-3260-98-000670
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/8/2021


Tema:
CLAUSURA PREVENTIVA

Resumen:
Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a depósito de plásticos sito en la calle Sucre Nro. 1118, perteneciente a la Firma FIBANEL S.A., R.U.T. 213782620013

Montevideo, 17 de Agosto de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a depósito de plásticos, sito en la calle Sucre Nro. 1118, perteneciente a la Firma FIBANEL S.A., R.U.T. 213782620013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, el local carece de habilitación de Locales Comerciales dado que no ha obtenido la autorización de implantación Comercial que habilite el funcionamiento del referido local;
        2o.) que en Expediente vinculado Nº 2018-4004-98-000113 Unidad de Protección al Patrimonio con fecha 16/XII/2020 notifica al interesado que no se avala la implantación, por entenderse que la actividad que se desarrolla no es compatible con el uso preferente del suelo en la zona, que es Residencial;
        3o.) que el Gobierno Municipal en su sesión ordinaria de fecha 4/VIII/2021 solicita formalizar la clausura preventiva del mencionado local, por carecer de las habilitaciones correspondientes,
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 3078/10 de fecha 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Solicitar la clausura en forma preventiva del local destinado a depósito de plásticos sito en la calle Sucre Nro. 1118, perteneciente a la Firma FIBANEL S.A., R.U.T. 213782620013, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución y también solicitar al Servicio Central de Inspección General que al hacer efectiva la clausura, notifique al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrán solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
      2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5 y pase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Matilde Antía,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal