Resolución N° 14/12/0114
Nro de Expediente:
3250-001838-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4,8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R 7,4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) a la firma FABISTAR S.A., R.U.T. 216265570017, con domicilio a los efectos legales en la Av. 8 de octubre No. 3113.-

Montevideo, 9 de Febrero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de telefonía celular, sito en la Av. 8 de octubre No. 3113, perteneciente a la firma FABISTAR S.A., R.U.T. 216265570017, con igual domicilio a los efectos legales; ;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 el día 21/XI/2011, con Orden de Servicio No. 02086, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitaciones Municipales: Microempresa-1ra. Reincidencia-) y de la Dirección Nacional de Bomberos-1ra. Reincidencia-, intimándosele a presentar en un plazo de 5 (cinco) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4,8582, y otra de U.R. 7,4205 por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE
        1.-Aplicar una multa de U.R. 4,8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) y otra de U.R 7,4205 (Unidades Reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) a la firma FABISTAR S.A., R.U.T. 216265570017, con domicilio a los efectos legales en la Av. 8 de octubre No. 3113, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 4.-
Luis Lujan,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal