Resolución N° 137/11/0114
Nro de Expediente:
3260-008796-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/8/2011


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Antonio Darvech CI.: 1.601.272-2, responsable, en calidad de presidente del Club de Pesca Piedra Honda, sita en la calle Avda. Fructuoso Rivera No. 3641.-

Montevideo, 17 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Avda. Fructuoso Rivera No.3641 perteneciente al Club de Pesca Piedra Honda, de quien es responsable, en calidad de presidente, el Sr. Antonio Darvech CI.: 1.601.272-2, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5, intimó el día 04/X/2010 al titular de obrados, a realizar los trabajos necesarios para evitar el pasaje de filtraciones y humedades a la finca sito Pedro Bustamante No. 1415, dándose un plazo de 30 (treinta) días, bajo apercibimiento que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 19,7880, según lo establece la Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A del Decreto No. 21626;
      2o.) que mediante inspección profesional del día 09/XII/2010 se constató que la situación permanece incambiada, por lo que se sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Antonio Darvech CI.: 1.601.272-2, responsable, en calidad de presidente del Club de Pesca Piedra Honda, sita en la calle Avda. Fructuoso Rivera No. 3641, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No.5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal