Resolución N° 116/23/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-001643
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) al CLUB ATLETICO BOHEMIOS; R.U.T. 215753550017, responsable del local destinado a club deportivo, sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 12 de Junio de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a club deportivo, sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025 propiedad del CLUB ATLETICO BOHEMIOS; R.U.T. 215753550017;
        RESULTANDO: 1o.) que en intimación realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Locales Comerciales) y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en el mencionado Servicio en un plazo de 5 (cinco) días, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes con fecha 28/I/2023;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita aplicar una multa de U.R. 10 por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nro. 21.626, de fecha 23/IV/84, notificado el día 29/IV/2023;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) al CLUB ATLETICO BOHEMIOS; R.U.T. 215753550017, responsable del local destinado a club deportivo, sito en la calle Gabriel Pereira Nro. 3025, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.-
Matilde Antia,Alcaldesa.-

Álvaro Maynard,Concejal