Resolución N° 29/12/0114
Nro de Expediente:
3250-004755-10
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/3/2012


Tema:
VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3.9576 (Unidades Reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas), a la empresa Telefónica Móviles del Uruguay S.A., R.U.T. 211406340011 con domicilio al los efectos legales en la calle Constituyente No. 1467 piso 23 (Torre del Gaucho), responsable de las obras realizadas en la vereda, ubicado en Estero Bellaco No. 2823.-

Montevideo, 22 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de conservación de vereda, ubicada en la calle sita Estero Bellaco No. 2823, donde se realizaron obras por parte de la empresa Telefónica Móviles del Uruguay S.A. , R.U.T. 211406340011, con domicilio al los efectos legales en la calle Constituyente No. 1467 piso 23 (Torre del Gaucho);
        RESULTANDO: 1o.) que el 17 de febrero de 2012 se intimó a la empresa a reparar la vereda en cuestión y de la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 4 con fecha 14 de marzo de 2012 surge que no se dio cumplimiento reparación en las condiciones exigidas;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.3.9576 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 17, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL CH
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 3.9576 (Unidades Reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas), a la empresa Telefónica Móviles del Uruguay S.A., R.U.T. 211406340011 con domicilio al los efectos legales en la calle Constituyente No. 1467 piso 23 (Torre del Gaucho), responsable de las obras realizadas en la vereda, ubicado en Estero Bellaco No. 2823, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 4.-
Luis Lujan,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal