Resolución N° 6/10/0114
Nro de Expediente:
3260-013402-08
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/12/2010


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa la firma VERNAFEL S.A., R.U.T. 215163810010, propietaria del establecimiento destinado a autoservicio, sito en Av. Gral. Rivera No. 3302

Montevideo, 10 de Diciembre de 2010.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a autoservicio, sito en Av. Gral. Rivera No. 3302, propiedad de la firma VERNAFEL S.A., R.U.T. 215163810010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 informa que, pese a la intimación efectuada, no se ha procedido a levantar las observaciones constatadas en inspección profesional de fecha 8/V/10, por lo que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 9,8940 a la titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en la Sección XIII, Artículo 14, Numeral 2, Inciso A, del Decreto No. 21.626;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL CONCEJO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientas cuarenta diezmilésimas) a la firma VERNAFEL S.A., R.U.T. 215163810010, propietaria del establecimiento destinado a autoservicio, sito en Av. Gral. Rivera No. 3302, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 ( treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-
Luis Luján,Alcalde.-

Hugo Medici,Concejal