Resolución N° 194/17/0114
Nro de Expediente:
2016-3260-98-000914
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/6/2017


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 27 (Unidades Reajustables veintisiete) a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300.-

Montevideo, 12 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300, perteneciente a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 358/16/0114 de fecha 05/X/2016), habiéndose realizado una nueva inspección por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 con fecha 25/III/2017 se pudo comprobar que la situación permanece incambiada, notificando al titular el día 05/V/2017 que por omisión se aplicará una multa de U.R. 27 (contumacia), según lo que establece la Sección II, Artículo 3o. numeral 16, del Decreto No. 21.626;
        2o.) que al no haberse dado cumplimiento, pese al tiempo transcurrido y al plazo concedido, la mencionada dependencia sugiere la aplicación de la sanción de referencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una multa de U.R. 27 (Unidades Reajustables veintisiete) a la firma BALI URUGUAY S.R.L., R.U.T. 217574850012 responsable del establecimiento destinado a restaurante, sito en la calle Marco Bruto Nro. 1300 con igual a los efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.
Andrés Abt,Alcalde.-

Santiago Borsari,Concejal