Resolución N° 227/14/0111
Nro de Expediente:
3360-003120-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/9/2014


Tema:
MULTA POR FILTRACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Santiago Sendon, C.I. 1.349.320, responsable de la vivienda sita en la calle Elbio Fernández No. 4373 y 4373 bis

Montevideo, 19 de Setiembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el filtrado de líquidos residuales desde la finca sita en la calle Elbio Fernández No. 4373 y 4373 bis, de la cual es responsable el Sr. Santiago Sendon, C.I. 1.349.320, con domicilio a efectos legales en Avda. del Libertador No. 1470;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección profesional realizada por el Servicio Centro Comunal Número 14, se comprobó que, debido a fallas sanitarias de la vivienda sita en la Calle Elbio Fernández No. 4373 y 4363 bis, se generan filtraciones de líquidos y humedades a la pared lindera de las viviendas sitas en la Calle Elbio Fernández No. 4381;
        2o.) que se intimó al Sr. Santiago Sendon a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar la situación planteada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3º, Inciso A, numeral 12, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Santiago Sendon, C.I. 1.349.320, responsable de la vivienda sita en la calle Elbio Fernández No. 4373 y 4373 bis, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A