Resolución N° 51/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000114; 3240-015495-13.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/3/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 6 a la firma Viramel SA, RUT: 216302920016 (destinada a panadería), sita en la calle Av. Gral San Martín N° 2627, por falta de Habilitación Municipal (Locales Comerciales e Industriales).-

Montevideo, 9 de Marzo de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Panadería, sito en la calle Av. Gral San Martín N° 2627, propiedad de la firma Viramel SA, RUT: 216302920016, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Locales Comerciales e Industriales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis) a la firma Viramel SA, RUT: 216302920016, destinada a Panadería, sito en la calle Av. Gral. San Martín N° 2627, con igual domicilio a efectos legales, por carecer de habilitación municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Locales Comerciales e Industriales).-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde .-

Jorge Cabrera,Concejal