Resolución N° 408/13/0113
Nro de Expediente:
3240-020741-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/12/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 y U.R. 10 Walter Amalio Caballero Moreira, C.I.: 2.839.413-8, depósito de muebles, Ceibal Nº 1565,

Montevideo, 4 de Diciembre de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito de muebles, sito en la calle Ceibal Nº 1565, propiedad de la firma unipersonal Walter Amalio Caballero Moreira, C.I.: 2.839.413-8, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sección Locales Industriales) y la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R.6 y otra de U.R. 10, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma unipersonal Walter Amalio Caballero Moreira, C.I.: 2.839.413-8, responsable del establecimiento destinado a depósito de muebles, sito en la calle Ceibal Nº 1565, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodíguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal