Resolución N° 201/13/0113
Nro de Expediente:
3240-004949-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/5/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3.2388 y U.R. 4.9470 Luis Fileppo, C.I.: 1.243.634-6, taller mecánico, sito en la calle Andrés Lamas Nº 3415,

Montevideo, 22 de Mayo de 2013.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Andrés Lamas Nº 3415, propiedad de la firma unipersonal Luis Fileppo, C.I.: 1.243.634-6, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3.2388 y otra de U.R. 4.9470, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1. - Aplicar una multa de U.R. 3.2388 (Unidades Reajustable tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la firma unipersonal Luis Fileppo, C.I.: 1.243.634-6, responsable del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Andrés Lamas Nº 3415, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2. - Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3. - Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal