Resolución N° 18/16/0113
Nro de Expediente:
3380-006813-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/1/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 y U.R. 15 Néstor Malvasio, C.I.: 4.728.645-9, depósito, Fiol de Pereda Nº 1191,

Montevideo, 27 de Enero de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Fiol de Pereda Nº 1191, propiedad de la firma unipersonal Néstor Malvasio, C.I.: 4.728.645-9, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Comerciales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma unipersonal Néstor Malvasio, C.I.: 4.728.645-9, responsable del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Fiol de Pereda Nº 1191, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, para notificar a la empresa infractora y al Sector Despacho de este Municipio, librar el testimonio correspondiente.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal