Resolución N° 16/23/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000382.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 a la Sra. María Andrea Badell Ábalo,C.I: 3.756.902-7, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 56146, sito en la calle Adolfo Berro Nº 1099.-

Montevideo, 1 de Febrero de 2023.-
 

    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda frente al Padrón caratulado con el Nº 56146 sito en la calle Adolfo Berro Nº 1099, cuya titular del inmueble es la Sra. María Andrea Badell Ábalo, C.I: 3.756.902-7, con domicilio a los efectos legales en Bvar. Gral. Artigas Nº 4396 unidad 201;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 intimó a la titular de obrados a realizar la limpieza de la vereda por las calles Adolfo Berro y Dufort y Álvarez bajo apercibimiento, en caso de omisión, de las sanciones correspondientes ;
    2º) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató la omisión a lo intimado ;
    3º) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, informa que la sanción que corresponde aplicar es de U.R. 1 (Unidades Reajustables una) fijada por el Decreto Nº 21626 Sección III, Artículo 4, Literal B, Numeral 16 del Digesto Departamental;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales ;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:

    1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una ) a la Sra. María Andrea Badell Ábalo,C.I: 3.756.902-7 , con domicilio a los efectos legales en Bvar. Gral. Artigas Nº 4396 unidad 201, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 56146, sito en la calle Adolfo Berro Nº 1099, por falta de mantenimiento de la vereda en cuestión.-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyente y pase - por su orden- al despacho de este Municipio para notificar a los infractores, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala