Resolución N° 48/14/0113
Nro de Expediente:
3370-000405-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/2/2014


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 PEGRAF LTDA., RUT: 211909580012, ferretería, Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 4739,

Montevideo, 12 de Febrero de 2014.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a ferretería, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 4739, propiedad de la firma PEGRAF LTDA., RUT: 211909580012, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº15 informa que no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local - habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), a la firma PEGRAF LTDA., RUT: 211909580012, responsable del establecimiento destinado a ferretería, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 4739, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Silvia Charlier,Concejala