Resolución N° 162/12/0113
Nro de Expediente:
3370-003326-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.9,7164 y otra de 14,8410, al señor Ricardo Plachicoff, C.I.: 2.660.708-0, depósito de leña, sito en la calle Rbla. Francisco Lavalleja Nº 3354 - (PRIMERA REINCIDENCIA)

Montevideo, 8 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito de leña, sito en la calle Rbla. Francisco Lavalleja Nº 3354, propiedad del señor Ricardo Plachicoff, C.I.: 2.660.708-0, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución No. 342/11/0113 de fecha 14/XII/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitaciones municipales (Servicio Contralor de la Edificación-Sección Locales Industriales), y Dirección Nacional de Bomberos, por lo que se solicita imponer una multa de U.R.9,7164 y otra de U.R.14,8410, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; (Primera Reincidencia),
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilésimas), al señor Ricardo Plachicoff, C.I.: 2.660.708-0, establecimiento destinado a depósito de





      leña, sito en la calle Rbla. Francisco Lavalleja Nº 3354, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal