Resolución N° 202/18/0113
Nro de Expediente:
2018-3380-98-000271.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/8/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 15 a la firma CHIC PARISIEN SA, RUT: 210327080019 (destinado a Depósito de Telas), sita en la calle General Palleja Nº 2554, por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación - Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) - Primera Reincidencia. Expediente: 2018-3380-98-000271.-

Montevideo, 8 de Agosto de 2018.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Depósito de Telas, sito en la calle General Palleja Nº 2554, propiedad de la firma CHIC PARISIEN SA, RUT: 210327080019, con igual domicilio a efectos legales ;
    RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (Resolución Nº 239/17/0113 de fecha 15/XI/2017), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - Primera Reincidencia);
    2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales ;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10 ;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar a la firma CHIC PARISIEN SA, RUT: 210327080019, responsable del establecimiento destinado a Depósito de Telas, sito en la calle General Palleja Nº 2554, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 15 (Unidades reajustables quince) por carecer de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas - Primera Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 .-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal