Resolución N° 289/11/0113
Nro de Expediente:
3240-009317-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Bar y Restorán, sito en Avda. Gral San Martín No.3546/50, propiedad de Gladys Mabel Fierro, C.I.: 1.150.690-6 y Manuel San Pedro CI: 1.111.645-6, Sociedad de Hecho, Rut: 216583060012

Montevideo, 24 de Octubre de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Bar y Restorán, sito en Avda. Gral San Martín No.3546/50, propiedad de Gladys Mabel Fierro, C.I.: 1.150.690-6 y Manuel San Pedro CI: 1.111.645-6, Sociedad de Hecho, Rut: 216583060012, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 169/11/0113 de fecha 05/VIII/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Regulación Alimentaria), Primera Reincidencia;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4,8582, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 4,8582 (Unidades Reajustables cuatro con ocho mil quinientos ochenta y dos diezmilésimas) a Gladys Mabel Fierro, C.I.: 1.150.690-6 y Manuel San Pedro CI: 1.111.645-6, Sociedad de Hecho, Rut: 216583060012,

      propietarios del establecimiento destinado a Bar y Restorán, sito en Avda. Gral San Martín No.3546/50, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 3, para notificación a la empresa infractora
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

HORACIO PEREZ,Concejal Municipal