Resolución N° 15/19/0113
Nro de Expediente:
2018-1001-98-000930.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/1/2019


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 40 al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, RUT: 212472100013, por demolición sin permiso en el padrón de su propiedad Nº 54.427, ubicado en la calle José Nasazzi Nº 994/996. Expediente: 2018-1001-98-000930.-

Montevideo, 30 de Enero de 2019.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la demolición realizada en el padrón Nº 54.427, ubicado en la calle José Nasazzi Nº 994/996, responsabilidad del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, RUT: 212472100013, con domicilio a los efectos legales en la Av. del Libertador 1409, Piso 7;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, mediante expediente 2018-1001-98-000930- actuación Nº 31- informa que se constata la demolición sin autorización aprobada de la finca sita en la calle José Nasazzi Nº 994/996, por lo que se aconseja aplicar una multa de UR 40 (Unidades Reajustables cuarenta), por infracción a lo establecido en el Art. 15., inciso B, Numeral 3, de la Sección XIII, del Decreto No. 21.626;
      CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
      2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL C
      RESUELVE
      1.- Aplicar una multa de UR 40 (Unidades Reajustables cuarenta) al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, RUT: 212472100013, con domicilio a los efectos legales en la Av. del Libertador 1409, Piso 7, por haberse constatado una demolición sin autorización en el padrón Nº 54.427 ubicado en la calle José Nasazzi Nº 994/996.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, para la notificación al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal