Resolución N° 200/11/0113
Nro de Expediente:
3240-006603-09
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/8/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Arenal Grande Nº 2369, propiedad de la Firma Bustelo S.R.L., RUT: 214664990013

Montevideo, 19 de Agosto de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en la calle Arenal Grande Nº 2369, propiedad de la Firma Bustelo S.R.L., RUT: 214664990013, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No.3, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Contralor de la Edificación -Permiso de Marquesinas), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.8.1625, salientes desmontables, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sec.XIII, Art.16;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.8.1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientos veinticinco diezmilésimas) a la Firma Bustelo S.R.L., RUT: 214664990013, propietario del establecimiento destinado a venta de ropa, sito en la calle Arenal Grande Nº 2369, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos

      expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No 3 - para notificar a la firma infractora.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Perez,Concejal Municipal