Resolución N° 413/12/0113
Nro de Expediente:
3240-015261-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.7164 a la Firma FENASUR S.A., RUT: 215109200013, mueblería, sito en Av. Gral. Flores Nº2706/10

Montevideo, 24 de Octubre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a mueblería, sito en Av. Gral. Flores Nº2706/10, propiedad de la Firma FENASUR S.A., RUT: 215109200013, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local - Habilitaciones Municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales);
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.9.7164, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas), a la Firma FENASUR S.A., RUT: 215109200013, responsable del establecimiento destinado a mueblería, sito en Av. Gral. Flores Nº2706/10, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº3.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala