Resolución N° 136/12/0113
Nro de Expediente:
3240-005389-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/5/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R. 14.841, al Señor Sebastian Ballesteros C.I.: 4.593.089-4, RUT: 216371150011, establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Carabelas Nº 3059 Bis - PRIMER REINCIDENCIA

Montevideo, 23 de Mayo de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Carabela Nº 3059 Bis, propiedad del señor Sebastian Ballesteros C.I.: 4.593.089-4, RUT: 216371150011, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 1297/11/0113 de fecha 24/X/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Dirección Nacional de Bomberos (DNB), (Primera Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.841, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R. 14.841 (Unidades Reajustables catorce con ochocientos cuarenta y uno milísemas) al Señor Sebastian Ballesteros C.I.: 4.593.089-4, RUT: 216371150011, propietario establecimiento destinado a



      taller mecánico, sito en la calle Carabela Nº 3059 Bis, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 3
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal