Resolución N° 308/19/0113
Nro de Expediente:
2017-3240-98-000944.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/11/2019


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 20 a la Agencia Nacional de Viviendas, RUT: 215913350010 , por humedades provenientes de la calle Gualeguay Nº 3368/Unidad 911. Expediente: 2017-3240-98-000944.-

Montevideo, 20 de Noviembre de 2019.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes del padrón Nº 86.141/Unidad 911, sito en la calle Gualeguay Nº 3368/Unidad 911, responsabilidad de la Agencia Nacional de Viviendas, RUT: 215913350010, con domicilio a los efectos legales en Cerrito Nº 400;
RESULTANDO: 1º) que en inspección profesional realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, mediante expediente 2017-3240-98-000944, se comprobó humedades que provenían del mencionado padrón y afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Gualeguay Nº 3368/ Unidad 811;
2º) que se intimó al propietario a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades a la vivienda mencionada;
3º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) por infracción a lo dispuesto en Artículo 3º, numeral 12, Inciso A, secciòn II del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) al propietario del padrón Nº 86.141/Unidad 911, responsabilidad de la Agencia Nacional de Viviendas, RUT: 215913350010, domiciliada en Cerrito Nº 400, por no haber cumplido con lo intimado en reiteradas inspecciones técnicas con el fin de dar solución al pasaje de humedad a la finca sita en Gualeguay Nº 3368/ Unidad 811.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - a su orden - al Sector Despacho de este Municipio para su correspondiente notificación y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal