Resolución N° 410/13/0113
Nro de Expediente:
3240-003072-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/12/2013


Tema:
MULTA POR MARQUESINAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 COBANAL S.A., RUT: 216105240019, saliente desmontable y cerramiento de aluminio y vidrio, instalada en la fachada en el establecimiento sito en Bvar. Artigas Nº 3654,

Montevideo, 4 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la saliente desmontable y cerramiento de aluminio y vidrio, instalada en la fachada en el establecimiento sito en Bvar. Artigas Nº 3654, responsabilidad de la firma COBANAL S.A., RUT: 216105240019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que pese al tiempo transcurrido y a los plazos concedidos, no se procedió a regularizar el permiso de la marquesina, por lo que se solicita aplicar una multa de U.R. 8, por infracción a lo establecido en el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 16;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables el monto de la multa que se aplica, por transgredir las ordenanzas Departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) a la firma COBANAL S.A., RUT: 216105240019, responsable de la saliente desmontable y cerramiento de aluminio y vidrio, instalada en la fachada en el establecimiento sito en Bvar. Artigas Nº 3654, con igual domicilio a los efectos legales; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal N° 3 para notificación a la firma infractora y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodíguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal