Resolución N° 64/16/0113
Nro de Expediente:
3240-001298-16
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/3/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma Welaman S.A., RUT 215488460019, r sito en la Avda. Gral Flores Nº 2552 -SEGUNDA REINCIDENCIA

Montevideo, 9 de Marzo de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a mueblería, sito en la Avda. Gral Flores Nº 2552, propiedad de la Firma Welaman S.A., RUT 215488460019, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 268/12/0113 de fecha 16/VIII/2012 y 318/15/0113 del 19/VIII/2015), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sección Locales Industriales y Dirección Nacional de Bomberos (Segunda Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.6 y otra de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; (Segunda Reincidencia)
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma Welaman S.A., RUT 215488460019, responsable del establecimiento destinado a mueblería, sito en la Avda. Gral Flores Nº 2552, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora, para librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal