Resolución N° 2/15/0113
Nro de Expediente:
3370-007526-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/1/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13 y U.R. 20 Gabriel Jarosz, C.I.: 1.839.168-3, gimnasio, sito en Av. Dr. Luis. A. de Herrera Nº 3890 SEGUNDA REINCIDENCIA

Montevideo, 5 de Enero de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a gimnasio, sito en Av. Dr. Luis. A. de Herrera Nº 3890, propiedad de la firma unipersonal Gabriel Jarosz, C.I.: 1.839.168-3, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 110/14/0113 de fecha 14/V/2014 y 306/14/0113 de fecha 24/IX/2014), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y de la Dirección Nacional de Bombero, (Segunda Re Reincidencia);
    2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 13 y otra de U.R. 20, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 13 (Unidades Reajustables trece) y otra multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la firma unipersonal Gabriel Jarosz, C.I.: 1.839.168-3, responsable del establecimiento destinado a gimnasio, sito en Av. Dr. Luis. A. de Herrera Nº 3890, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, para notificar a la empresa infractora. y al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Silvia Charlier,Concejala