Resolución N° 251/18/0113
Nro de Expediente:
2018-3240-98-000699.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/9/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 5 a la firma unipersonal del Sr. Horacio Cremona, CI: 1.667.346-3, RUT: 211139410013 (destinado a Kiosco) , sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2346, por falta de Habilitación Municipal (Servicio de Regulación Alimentaria)- Primera Reincidencia. Expediente: 2018-3240-98-000699.-

Montevideo, 26 de Setiembre de 2018.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Kiosco, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2346, propiedad de la firma unipersonal del Sr. Horacio Cremona, CI: 1.667.346-3, RUT: 211139410013, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 12/18/0113 de fecha 31/I//2018), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitación Municipal (Servicio de Regulación Alimentaria- Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal del Sr. Horacio Cremona, CI: 1.667.346-3, RUT: 211139410013, responsable del establecimiento destinado a Kiosco, sito en la calle Avda. Agraciada Nº 2346, con igual domicilio a efectos legales, una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) por carecer de Habilitación Municipal (Servicio de Regulación Alimentaria- Primera Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Jorge Cabrera,Concejal