Resolución N° 17/23/0113
Nro de Expediente:
2022-3240-98-000321.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/2/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 y otra multa U.R. 5 al Sr. Diego Ruiz Barboza C.I: 4.747.103-0 y a la Sra. Catherine Fabiana Garín Ramírez C.I: 4.680.573-1, responsables de la vereda frentista al Padrón Nº 85545 sito en Vilardebó Nº 2052.-

Montevideo, 1 de Febrero de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda frente al Padrón Nº 85.545 sito en la calle Vilardebó Nº 2052 unidad 002, propiedad del Sr. Diego Ruiz Barboza C.I: 4.747.103-0 y Sra. Catherine Fabiana Garín Ramírez C.I: 4.680.573-1, con domicilio a los efectos legales en Vilardebó Nº 2052 unidad 002 y Martín C. Martínez Nº 2692 unidad 2, respectivamente;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 intimó a los titulares de obrados a la reparación de la vereda bajo apercibimiento, en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
    2º) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató la omisión a lo intimado;
    3º) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que la sanción que corresponde aplicar es una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) de acuerdo a lo previsto en el Digesto Departamental Volumen VII Obras Título II de las Veredas Capítulo V Artículo D.2213 Literales a) y e);
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y otra multa U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Diego Ruiz Barboza C.I: 4.747.103-0 y a la Sra. Catherine Fabiana Garín Ramírez C.I: 4.680.573-1, con domicilio a los efectos legales en Vilardebó Nº 2052 unidad 002 y Martín C. Martínez Nº 2692 unidad 2, respectivamente, responsables de la vereda frentista al Padrón Nº 85545 sito en Vilardebó Nº 2052 unidad 002, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyente y pase - por su orden- al despacho de este Municipio para notificar a los infractores, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 3.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala