Resolución N° 172/12/0113
Nro de Expediente:
3380-004261-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.3.2388 y otra de U.R 4.9470, a Rafael Cetrulo, C.I.: 3.115.448-4, RUT 215306000017, propietario del establecimiento destinado taller mecánico, sito en la calle Gil Nº 1102.

Montevideo, 8 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado taller mecánico, sito en la calle Gil Nº 1102, propiedad unipersonal del señor Rafael Cetrulo, C.I.: 3.115.448-4, RUT 215306000017, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Servicio Contralor de Edificaciones-Sec. Loclaes Industriales) y de la Dirección Nacional de Bomberos, solicita imponer una multa de U.R.3.2388 y otra de U.R 4.9470, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) y otra de U.R 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas), al señor Rafael Cetrulo, C.I.: 3.115.448-4, RUT 215306000017, propietario del establecimiento destinado taller mecánico, sito en la calle Gil Nº 1102, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la


      presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal