Resolución N° 139/13/0113
Nro de Expediente:
3370-001437-13
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/4/2013


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 Adolfo Nestor Ferreira Soria, C.I.: 1.493.741-1, taller mecánico, Comandiyu Nº 3544 esquina Reyes (SEGUNDA REINCIDENCIA)

Montevideo, 10 de Abril de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Comandiyu Nº 3544 esquina Reyes, propiedad de la firma unipersonal Adolfo Nestor Ferreira Soria, C.I.: 1.493.741-1, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 609/09/3000 de fecha 09/X/2009 y 148/12/0113 de fecha 04/VI/2012), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2o) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R. 9.8940 a la firma de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84, (Segunda Reincidencia);
      CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables nueve con con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a la firma unipersonal Adolfo Nestor Ferreira Soria, C.I.: 1.493.741-1, responsable del establecimientoa destinado taller mecánico, sito en la calle Comandiyu Nº 3544 esquina Reyes, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 15.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal