Resolución N° 164/17/0113
Nro de Expediente:
2017-3380-98-000367.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/8/2017


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 15 a la firma SAMAN SA, RUT: 210002910012 (Molino Arrocero) , sito en la calle Rambla Baltazar Brum Nº 2772, por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos (expediente: 2017-3380-98-000367).-

Montevideo, 16 de Agosto de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Molino Arrocero, sito en la calle Rambla Baltasar Brum Nº 2772, propiedad de la firma SAMAN SA, RUT: 210002910012, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma SAMAN SA, RUT: 210002910012, responsable del establecimiento destinado a Molino Arrocero, sito en la calle Rambla Baltasar Brum Nº 2772, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) por no presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos ) .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal