Resolución N° 81/18/0113
Nro de Expediente:
2018-3240-98-000246.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/4/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 5 y otra de UR 7 a la firma unipersonal del Sr. Freddys Medina, CI: 2.638.030-3 (destinado a Bar- Parrillada), sito en la calle Avda. Gral. Flores Nº 2942 bis, por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Regulación Alimentaria) y DNB- Primera Reincidencia. Expediente: 2018-3240-98-000246.-

Montevideo, 11 de Abril de 2018.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Bar- Parrillada, sito en la calle Avda. Gral. Flores Nº 2942 bis, propiedad de la firma unipersonal del Sr. Freddys Medina, CI: 2.638.030-3, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 208/17/0113 de fecha 18/X/17), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Regulación Alimentaria- Primera Reincidencia) y habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos- ( Primera Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) y otra de UR 7 (Unidades Reajustables siete), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal del Sr. Freddys Medina, CI: 2.638.030-3, responsable del establecimiento destinado a Bar- Parrillada, sito en la calle Avda. Gral. Flores Nº 2942 bis, con igual domicilio a efectos legales, una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) por carecer de Habilitaciones Municipales ( Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales y Servicio de Regulación Alimentaria- Primera Reincidencia)- y otra de UR 7 (Unidades Reajustables siete) por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos- ( Primera Reincidencia)- y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal