Resolución N° 79/21/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000123
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/8/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Autorizar a la firma FERNANDEZ, FERNANDEZ E IGLESIAS SRL, R.U.T.: 210203190017, ocupando 10 metros cuadrados, frente su local de la calle Av. Agraciada Nº 3038. Expediente 2021-3380-98-000123.-

Montevideo, 11 de Agosto de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la via pública;
    RESULTANDO: 1º) que la firma FERNANDEZ, FERNANDEZ E IGLESIAS SRL, R.U.T.: 210203190017, propietaria del establecimiento destinado a minutas, parrillada, bar y cafetería, en el local de la calle Avda. Agraciada Nº 3038, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, para que se autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, quedando 1,80 m de pase libre en acera en toda su extensión (incluyendo vuelo de sombrilla) y que todas las tapas de los servicios de infraestructura urbana queden liberados;
    2º) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado ;
    CONSIDERANDO: 1º) Que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
    2º) que, mediante resoluciòn 0235/21 de fecha 15 de enero de 2021, el Departamento de Secretarìa General, dispone la modificaciòn de la Resolución Nº 4414/20 de 9/12/2020 dictada en el marco del estado de emergencia nacional sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 93/020 de 13/03/2020, por la que se establecieron medidas fiscales de promoción, disponiendo algunos items:: "Cuando se trate de la ampliación de espacios ya existentes para la colocación de nuevas mesas y sillas, los gestionantes podrán solicitar que: 1.- se les exonere del 100 % (cien por ciento) del pago del precio por derecho de ocupación que corresponda a esa ampliación; o, 2.- Se les exonere del 50 % (cincuenta por ciento) del precio por la totalidad del espacio utilizado a tal fin, incluyendo la ampliación solicitada"
    "El otorgamiento del permiso de instalación o de ampliación corresponderá al Gobierno Municipal respectivo, el que expresamente deberá pronunciarse sobre la solicitud de exoneración del pago del 100 %(cien por ciento) o del 50 % (cincuenta por ciento) de los derechos de ocupación, según corresponda, comunicando su decisión al Departamento de Recursos Financieros y al Servicio de Convivencia Departamental de la Intendencia de Montevideo"

    3º) `por lo que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 28 de julio de 2021, procede a proveer de conformidad, autorizando la autorizaciòn de mesas y sillas y pronunciando la exoneraciòn del 50% de los derechos de ocupaciòn; 4º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPO C
    RESUELVE:
    1.- Autorizar a la firma FERNANDEZ, FERNANDEZ E IGLESIAS SRL, R.U.T.: 210203190017, ocupando 10 metros cuadrados, frente su local de la calle Av. Agraciada Nº 3038, el cual esta destinado a restaurante y parrillada.-
    2.- Fijar la exoneraciòn de un 50% de los derechos de ocupaciòn en acera con mesas y sillas por concepto de pago y tasa de tràmites presentados ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 para la notificación al interesado y demás efectos.-
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala