Resolución N° 471/15/0113
Nro de Expediente:
3370-006143-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/12/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 y U.R. 15 ESALCON S.A., R.U.T.: 216159790017, pizzería, bar y parrillada, sito en Av. Joaquín Suárez Nº 3449 PRIMERA REINCIDENCIA

Montevideo, 9 de Diciembre de 2015.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a pizzería, bar y parrillada, sito en Av. Joaquín Suárez Nº 3449, propiedad de la firma ESALCON S.A., R.U.T.: 216159790017, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 323/15/0113 de fecha 19/VIII/2015), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, habilitación municipal (Servicio de Regulación Alimentaria) y de la Dirección Nacional de Bomberos, (Segunda Reincidencia);
2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de U.R. 15, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84 (Primera Reincidencia);
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de U.R. 15 (Unidades reajustables quince) a la firma ESALCON S.A., R.U.T.: 216159790017, responsable del establecimiento destinado a pizzería, bar y parrillada, sito en Av. Joaquín Suárez Nº 3449, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal