Resolución N° 7/22/0113
Nro de Expediente:
2020-3380-98-000144
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/2/2022


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una ) al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, con domicilio a los efectos legales en la calle Zabala Nº 1432, responsable de las veredas en los padrones Nos. 57.268 y 143.845, ubicados en la calle Uruguayana esquina República Francesa, por falta de mantenimiento de la vereda en cuestión. Expediente: 2020-3380-98-000144.-

Montevideo, 2 de Febrero de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de las veredas en los padrones Nos. 57.268 y 143.845, ubicados en la calle Uruguayana esquina República Francesa, de los cuales es responsable el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, con domicilio a los efectos legales en la calle Zabala Nº 1432;
    RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 intimó al titular de obrados a la reparación de las vereda bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes ;
    2o) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató la omisión a lo intimado ;
    3o) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Nº 16, informa que la sanción que corresponde aplicar es de UR 1 (Unidades Reajustables una), según lo que, a tales efectos, establece los artículos D. 2185.1, D. 1901 y D. 2210 del Digesto Departamental ;
    CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales ;
    2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE
    1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (Unidades Reajustables una ) al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, con domicilio a los efectos legales en la calle Zabala Nº 1432, responsable de las veredas en los padrones Nos. 57.268 y 143.845, ubicados en la calle Uruguayana esquina República Francesa, por falta de mantenimiento de la vereda en cuestión.-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyente y pase - por su orden- al despacho de este Municipio para notificar a los infractores, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala