Resolución N° 90/17/0113
Nro de Expediente:
2017-0013-98-000137.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/5/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 10 y otra de UR 15 a la firma SAMAN, RUT: 210002910012 (Depósito) , sito en la calle Santa Fé Nº 1228, por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Locales Comerciales e Industriales) y de la DNB.-

Montevideo, 19 de Mayo de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Depósito, sito en la calle Santa Fe Nº 1228, propiedad de la firma SAMAN, RUT: 210002910012, con domicilio a los efectos legales en la calle Rbla Baltazar Brum Nº 2772;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Locales Comerciales e Industriales) y habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de UR 15 (Unidades Reajustables quince) , a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 10 (Unidades Reajustables diez) y otra de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a la firma SAMAN, RUT: 210002910012 responsable del establecimiento destinado a Depósito, sito en la calle Santa Fe Nº 1228, con domicilio a los efectos legales en Rbla Baltazar Brum Nº 2772, por no presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa Interina.-

Jorge Cabrera,Concejal