Resolución N° 107/23/0113
Nro de Expediente:
2020-3240-98-000531.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 a la la empresa JAKEL S.A., RUT: 213033880012, con domicilio a los efectos legales en Brandzen Nº 1961 Escritorio 701, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 86819.-

Montevideo, 7 de Junio de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el incumplimiento respecto a la construcción de la acera frente al Padrón Nº 86.819 sito en la calle Martín Fierro esquina Lucas Piriz, responsabilidad de la empresa JAKEL S.A., RUT: 213033880012, con domicilio a los efectos legales en Brandzen Nº 1961 Escritorio 701;
    RESULTANDO: 1º) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó el incumplimiento ante lo intimado;
    2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 solicita la aplicación al titular de obrados de una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) por el incumplimiento de la obligación de mantener en buen estado de conservación la vereda respectiva, de acuerdo a lo previsto en el Digesto Departamental Volumen VII, Obras, Título II, de las Veredas, Capítulo I , Artículo D.2179 y las sanciones previstas en el Artículo D.2213 del Decreto Nº 27231 de la Junta Departamental;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a la la empresa JAKEL S.A., RUT: 213033880012, con domicilio a los efectos legales en Brandzen Nº 1961 Escritorio 701, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 86819, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala