Resolución N° 47/19/0113
Nro de Expediente:
2019-3240-98-000147.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/3/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 3 a la firma unipersonal del Sr. Richard Ramos, CI: 1.825.610-6, RUT: 218190270018 (destinado a Almacén) , sito en la calle Martín García Nº 1949, por falta de Habilitaciones Municipales (Declaración Jurada de Microempresa y Servicio de Regulación Alimentaria) expediente: 2019-3240-98-000147.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2019.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Almacén, sito en la calle Martín García Nº 1949, propiedad de la firma unpersonal del Sr. Richard Ramos, CI: 1.825.610-6, RUT: 218190270018, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de Habilitaciones Municipales (Declaración Jurada de Microempresa y Servicio de Regulación Alimentaria), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2018-3240-98-000843, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal del Sr. Richard Ramos, CI: 1.825.610-6, RUT: 218190270018, responsable del establecimiento destinado a Almacén, sito en la calle Martín García Nº 1949, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales ( Declaración Jurada de Microempresa y Servicio de Regulación Alimentaria) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 3.-
Susana Rodriguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal