Resolución N° 328/11/0113
Nro de Expediente:
3370-006926-11
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/12/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
: Gregorio Sanabria No. 3716, cuyo responsable es la empresa unipersonal Marcelo Conte, R.U.T. 212614230019, C.I. 1.962.942-1, 2 da REINCIDENCIA

Montevideo, 6 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a depósito de materiales de construcción, sito en la calle Gregorio Sanabria No. 3716, cuyo responsable es la empresa unipersonal Marcelo Conte, R.U.T. 212614230019, C.I. 1.962.942-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 543/09/3000 fecha 26/VIII/09 y 761/09/2009 de fecha 23/XII/2009), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Contralor de la Edificación) -2 da. Reincidencia-;
        2o) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R.12,9552, a la empresa de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las facultades oportunamente delegadas;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.12,9552 (Unidades Reajustables doce con nueve mil quinietos cincuenta y dos diezmilésimas) a la empresa unipersonal Marcelo Conte, R.U.T. 212614230019, C.I. 1.962.942-1, responsable del establecimiento destinado a depósito de materiales de construcción, sito en la calle Gregorio Sanabria No. 3716, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la susma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonda en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a laUnidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Despacho de este Municipio, a fin de librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, para notificación a la firma infractora.-
MIRIAM RODRIGUEZ,Alcaldesa.-

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