Resolución N° 32/16/0113
Nro de Expediente:
3240-000289-16
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/1/2016


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 CASTELMAR S.R.L., R.U.T.: 210484420011, ferretería, Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3393 Bis,

Montevideo, 27 de Enero de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a ferretería, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3393 Bis, propiedad de la firma unipersonal CASTELMAR S.R.L., R.U.T.: 210484420011, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la habilitación municipal de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma CASTELMAR S.R.L., R.U.T.: 210484420011, responsable del establecimiento destinado a ferretería, sito en Bvar. José Batlle y Ordóñez Nº 3393 Bis, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal