Resolución N° 91/20/0113
Nro de Expediente:
2017-3240-98-001214.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/4/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. Roxana Tejera Orende, CI: 1.302.965-5, contra la resolución 30/20/0113 de fecha 29 de enero de 2020. Expediente: 2017-3240-98-001214.-

Montevideo, 30 de Abril de 2020.-
 
      VISTO: los recursos de reposición y apelación presentados por la Sra. Roxana Tejera Orende, CI: 1.302.965-5 contra la resolución Nº 30/20/0113 de fecha 29 de enero de 2020, la cual dispuso aplicarle una multa de UR 20 por no haber cumplido con lo intimado en reiteradas inspecciones técnicas con el fin de dar solución al pasaje de humedad a la finca sita en Martin C. Martinez Nº 2814/ Apartamento Nº 2;
      RESULTANDO: 1º) que la Sra. Roxana Tejera Orende, presentó ante este Municipio- actuación Nº 87- un recurso de reposición y apelación;
      2º) que la Asesora Jurídica de este municipio, informa que si bien la recurrente argumenta que el problema de humedades fues solucionado hace más de cuatro meses, surge de la última Inspección Técnica de fecha 9 de noviembre de 2019, que las reparaciones realizadas no han sido efectivas, y por otra parte, si bien se presentó informe sobre pruebas efectuadas, las mismas no fueron las solicitadas por el Arquitecto Inspector en actuación Nº 51; por lo que se sugiere no hacer lugar al recurso de reposición y franquear el rucurso de apelación interpuesto ante el Sr. Intendente;
      3º) que, la Administración está obligada a resolver expresamente los recursos, conforme con los Arts. 318 de la Constitución y 6º de la Ley Nº 15.869 en la redacción que le diera el Art. 41 de la Ley Nº 17.292 ;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 1 de abril de 2020, resuelve no hacer lugar al recurso de reposición;
      2º) Que se estima pertinente proveer de conformidad con lo informado;
      3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la Sra. RoxanaTejera Orende, CI: 1.302.965-5.-
      2.- Franquear el respectivo recurso de apelación ante el Intendente.-
      3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, y pase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.-
Susana Rodríguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal