Resolución N° 249/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3380-98-000323; 3380-005186-15.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/11/2017


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 5 al propietario del padrón Nº 402825 : Sr. Jose Luis Rodríguez Espinosa, CI: 1.558.870-8 responsable de la vereda en mal estado de la calle Fiol de Pereda Nº 1191. expediente: 2016-3380-98-000323.-

Montevideo, 22 de Noviembre de 2017.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda, sita en Fiol de Pereda Nº 1191 (padrón Nº 402825), de la cual es responsable el Sr. José Luis Rodríguez Espinosa, CI: 1.558.870-8, con domicilio a los efectos legales en la calle 21 de Setiembre Nº 2732/2734- apartamento Nº 1201;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 intimó al titular de obrados a la reparación de la vereda bajo apercibimiento, en caso de omisión, de las sanciones correspondientes ;
    2º) que pese a las intimaciones realizadas en inspección se constató la omisión a lo intimado ;
    3º) que por lo expuesto la sanción que corresponde aplicar es de UR 5 (Unidades Reajustables cinco), según establece el artículo D. 2185, artículo D. 1901 y D. 2210 del Digesto Departamental ;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales ;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar al Sr. José Luis Rodríguez Espinosa, CI: 1.558.870-8, responsable de la vereda sita en Fiol de Pereda Nº 1191 (Padrón Nº 402825) y con domicilio a los efectos legales en la calle 21 de Setiembre Nº 2732/2734- apartamento Nº 1201, una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) por falta de mantenimiento de la vereda en cuestión.-
    2.- -Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyente y pase - por su orden- al despacho de este Municipio para notificar a los infractores, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal