Resolución N° 136/22/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000451.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/8/2022


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) a la Planta Industrial Pesquera, sito en la calle Gral. Pacheco Nº 1042, propiedad de la firma Compañía Italo Uruguaya de Pesca S.A.(CIUPSA), RUT: 214972490011, con domicilio a los efectos legales en Juncal Nº 1470 Escritorio 602. Expediente: 2021-3380-98-000451.-

Montevideo, 31 de Agosto de 2022.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la inspección realizada a la Planta Industrial Pesquera, sito en la calle Gral. Pacheco Nº 1042, propiedad de la firma Compañía Italo Uruguaya de Pesca S.A.(CIUPSA), RUT: 214972490011, con domicilio a los efectos legales en la calle Juncal Nº 1470 Escritorio 602; RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 informa que en inspección realizada el día 24 de noviembre del corriente año, al momento de intentar realizar la inspección se hicieron presentes el Encargado de Planta y la Dra. Veterinaria, sin proporcionar nombres, no permitiendo el ingreso y negándose a aportar cualquier dato. Luego de comunicaciones telefónicas realizadas por los mismos, se impidió el ingreso al establecimiento de marras;
2º) que con fecha 16 de Diciembre de 2021 comparecen las empresas sancionadas interponiendo los Recursos de Reposición y Apelación en subsidio contra las Resolución Nº 130/21/0113 de fecha 8 de Diciembre de 2021;
    3º) efectuado el control formal por parte de la Abogada Asesora de éste Muncipio Sra. Karina Zabaleta, - actuación Nº 20- se advirtió que del expediente de marras no surgía acreditado el otorgamiento de vista previa correspondiente, conforme lo establecido por el art. R 69 del Volumen II del Digesto Departamental y con fecha 9 de Febrero de 2022, el Gobierno Municipal autorizó únicamente por cuestiones formales la revocación de la multa aplicada mediante Resolución citada en numeral anterior procediendo al labrado de Resolución Revocativa Nº 26/22/0113 de fecha 16 de Febrero de 2022;
    4º) dando cumplimiento al procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente, y siendo desestimados los argumentos esgrimidos por la empresa con fecha 10 de Mayo de 2022 conforme lo informado por la abogada Asesora en actuación Nº 36;
    5º) que en tal sentido el mencionado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro), de acuerdo a lo previsto en el Art. 24 del Decreto No. 21.626;
    CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno del Municipio C en sesión de fecha 24 de Agosto de 2022, procede a proveer de conformidad a la presente multa;
    2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    3º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de Agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) a la Planta Industrial Pesquera, sito en la calle Gral. Pacheco Nº 1042, propiedad de la firma Compañía Italo Uruguaya de Pesca S.A.(CIUPSA), RUT: 214972490011, con domicilio a los efectos legales en Juncal Nº 1470 Escritorio 602, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
    3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - a su orden - al Sector Despacho de este Municipio para su correspondiente notificación y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala