Resolución N° 36/15/0113
Nro de Expediente:
3380-000282-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/2/2015


Tema:
MULTA POR BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 ESTEMI LTDA., R.U.T.: 212919770017, panadería, Francisco Gómez Nº 855 bis,

Montevideo, 4 de Febrero de 2015.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Francisco Gómez Nº 855 bis, propiedad de la firma ESTEMI LTDA., R.U.T.: 212919770017, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar, en el mencionado Servicio, el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
    2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez), a la firma ESTEMI LTDA., R.U.T.: 212919770017, responsable del establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Francisco Gómez Nº 855 bis, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución..-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden- al Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora. y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejal