Resolución N° 39/12/0113
Nro de Expediente:
3370-000571-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
estacionamiento de vehículos, sito en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera No.4287, propiedad del señor José Pedro Malagraba CI: 998.099-8, Razón Social Vermont Limitada, RUT: 212154170018

Montevideo, 9 de Febrero de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento de vehículos, sito en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera No.4287, propiedad del señor José Pedro Malagraba CI: 998.099-8, Razón Social Vermont Limitada, RUT: 212154170018, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones Nos. 306/11/0113 de fecha 24/X/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales), (Primera Reincidencia);
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) al señor José Pedro Malagraba CI: 998.099-8, Razón Social Vermont Limitada, RUT: 212154170018, propietario del establecimiento destinado a estacionamiento de vehículos, sito en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera No.4287, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos

      expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la empresa infractora y al Servicio Centro Comunal Nº 15.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal