Resolución N° 134/17/0113
Nro de Expediente:
2016-3240-98-000249; 3240-013688-15.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/7/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 12 a la Sociedad de Hecho Higinio Fernandez y Federico Fernandez , RUT: 212223240016 (destinado a Almacén- Bar) ,sito en la calle Av. Gral San Martín Nº 3452, por no levanrar observaciones dispuestas por toldo ubicado en zona de retiro frontal.-

Montevideo, 5 de Julio de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la regularización de toldo (marquesina) del establecimiento destinado a Almacén y Bar, sito en Av. Gral. San Martín Nº 3452, propiedad de la Sociedad de Hecho Higinio Fernandez y Federico Fernández, RUT: 212223240016, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos no fueron levantadas las observaciones realizadas en cuanto al toldo (marquesina) ubicado en zona de retiro frontal;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 12 (Unidades Reajustables doce), a la firma titular de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección VIII, Artículo 14, Inciso Nº 2 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de UR 12 (Unidades Reajustables doce) a la Sociedad de Hecho Higinio Fernandez y Federico Fernández, RUT: 212223240016, responsable del establecimiento destinado a Almacén y Bar, sito en Av. Gral. San Martin Nº 3452, con igual domicilio a efectos legales, por no levantar observaciones realizadas en cuanto al toldo (marquesina) ubicado en zona de retiro frontal .-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal