Resolución N° 92/16/0113
Nro de Expediente:
3370-001468-16
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/4/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 y U.R. 10 Luis A, Silva, C.I.: 1.934.103-7, almacén, sito en Avda. Burgues Nº 3705 SEGUNDA REINCIDENCIA

Montevideo, 13 de Abril de 2016.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a almacén, sito en Avda. Burgues Nº 3705, propiedad de la firma unipersonal Luis A, Silva, C.I.: 1.934.103-7, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 287/15/0113 de fecha 22/VII/2015 y 416/15/0113 del 21/X/2015), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Regulación Alimentaria, Declaración Jurada-Microempresa y de la Dirección Nacional de Bomberos (Segunda Reincidencia);
2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.6 y otra de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84; (Segunda Reincidencia)
CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma unipersonal Luis A, Silva, C.I.: 1.934.103-7, responsable del establecimiento destinado a almacén, sito en Avda. Burgues Nº 3705, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Servicio Centro Comunal Nº 15, para notificación a la empresa infractora, y al Sector Despacho de este Municipio, para librar el testimonio correspondiente.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal