Resolución N° 197/23/0113
Nro de Expediente:
2022-3240-98-000235.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) -Primera Reincidencia- al Sr. Ramiro Bello Rego con C.I: 1.653.152-4, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 82.618 sito Hermógenes Álvarez Nº 3234.-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2023.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado y falta de mantenimiento de la vereda frentista al Padrón Nº 82.618 sito en Hermógenes Álvarez Nº 3234, propiedad del Sr. Ramiro Bello Rego con C.I: 1.653.152-4, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, a la sanción aplicada ( Resolución Nº 67/23/0113 de fecha 29 de marzo de 2023), y haber vuelto a iniciar el proceso de intimación, no se ha procedido a dar cumplimiento a la reparación de vereda frentista al Padrón de obrados - (Primera Reincidencia);
2º) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que ante la reincidencia en el incumplimiento de lo intimado, corresponde aplicar una multa equivalente a U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) de acuerdo a lo previsto en el Digesto Departamental Volumen VII, Parte L, Título II,Capítulo V, Artículo D.2213, Literal d);
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) -Primera Reincidencia- al Sr. Ramiro Bello Rego con C.I: 1.653.152-4, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 82.618 sito Hermógenes Álvarez Nº 3234, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde .-

Margarita Castro.- ,Concejala