Resolución N° 58/18/0113
Nro de Expediente:
2018-3240-98-000160.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/2/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 6 y otra de UR 10 a la firma Eduardo Barnada, CI: 1.690.018-7 (destinado a Almacén ), sita en la calle Juan José Quesada Nº 3599, por falta de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales , Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Servicio de Regulación Alimentaria) y de la DNB- Segunda Reincidencia (expediente: 2018-3240-98-000160.-

Montevideo, 28 de Febrero de 2018.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado Almacén, sito en la calle Juan José Quesada Nº 3599, propiedad de la firma unipersonal Eduardo Barnada, CI: 1.690.018-7, con igual domicilio a los efectos legales ;
    RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 33/17/0113 de fecha 1/II/2017 y su Primera Reincidencia- resolución Nº 150/17/0113 de fecha 26/VII/2017), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Servicio de Regulación Alimentaria - Segunda Reincidencia)- y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos (Segunda Reincidencia);
    2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis) y otra de UR 10 (Unidades Reajustables diez) a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales ;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10 ;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar a la firma unipersonal Eduardo Barnada, CI: 1.690.018-7, responsable del establecimiento destinado Almacén, sito en la calle Juan José Quesada Nº 3599, con igual domicilio a los efectos legales,una multa de UR 6 (Unidades Reajustables seis) por carecer de Habilitaciones Municipales (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Servicio de Regulación Alimentaria- Segunda Reincidencia)- y otra de UR 10 (Unidades Reajustables diez) por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos - (Segunda Reincidencia)- y por no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas .-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 3 .-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal